lunes, 27 de abril de 2009

LA CORRUPCIÓN QUE SALPICA (Ética y política o el arte de la comedia)


“La política es una actividad humana que requiere, más que otras, sensibilidad moral; reflexionar críticamente sobre uno mismo; asumir sin subterfugios las responsabilidades que incumben a los políticos; desplegar elegancia y tacto; ponerse en el lugar de los demás; ser humilde y moderado. Ser responsable ante algo que está por encima de mi familia, de mi país, de mi empresa, de mi propio éxito.” Vaclav Hável

MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO DEL PSOE EN 2004 CONTRA LA CORRUPCIÓN. Supongo que los compromisos de José Luis Rodríguez Zapatero también afectaran a sus subordinados del PSOE, léase Marcelino Iglesias Ricou y Juan Alberto Belloch Julve. Los puntos más destacados son los diez siguientes: 1. El Gobierno ampliará y clarificará el régimen de incompatibilidades y registro de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos y directivos de empresas públicas y organismos de control. Para hacer efectiva esta nueva normativa el control de las incompatibilidades se realizará por un órgano independiente del Gobierno. 2. El Gobierno publicará en el B.O.E. las declaraciones de actividades y bienes de los Altos Cargos, salvaguardando datos que afecten a la seguridad de las personas. 3. El Gobierno modificará la normativa de financiación de partidos, prohibiendo las donaciones de empresas y personas jurídicas y estableciendo la publicidad y registro de todas las donaciones de personas físicas, así como sus límites cuantitativos. 4. Se creará una Agencia Nacional de Evaluación de políticas públicas. 5. Se aprobará una Ley de libre acceso a la información, que garantice a los ciudadanos el derecho a acceder en tiempo oportuno a toda información y documento oficial que considere de interés, respetando el derecho a la protección de datos. 6. El Gobierno garantizará mediante ley la publicidad de las estadísticas y datos oficiales, que estarán a disposición de los parlamentarios y de los ciudadanos. 7. El Gobierno potenciará el debate político y los mecanismos de información y control parlamentario. 8. Se reformará la ley electoral para asegurar la celebración de debates electorales y se limitarán estrictamente los gastos electorales. 9. Se reformará RTVE para reforzar su independencia y objetividad. 10. El Gobierno modificará la normativa sobre publicidad institucional y someterá todas sus campañas a un control previo de necesidad e imparcialidad, para evitar que se realicen con cargo a los Presupuestos públicos campañas de propaganda política o electoral.

DICE LA LEY:
1. Régimen de incompatibilidades: Los altos cargos ejercerán sus funciones con dedicación absoluta y no podrán compatibilizar su actividad con el desempeño de cualquier otro puesto, ya sea de carácter público o privado, por cuenta propia o ajena, por lo que no podrán percibir cualquier otra remuneración. 2. Limitaciones al ejercicio de actividades privadas. Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos no podrán desempeñar sus servicios en empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado. Se considera que existe relación directa en cualquiera de los siguientes supuestos de hecho: Que los altos cargos, sus superiores a propuesta de ellos o los titulares de sus órganos dependientes, por delegación o sustitución, hubieran dictado resoluciones en relación con dichas empresas o sociedades. Que hubieran intervenido en sesiones de órganos colegiados en las que se hubiera adoptado algún acuerdo o resolución en relación con dichas entidades. No se incurrirá en incompatibilidad cuando la actividad que vayan a desempeñar en la empresa privada lo sea en puestos de trabajo que no estén directamente relacionados con las competencias del cargo público ocupado, ni puedan adoptar decisiones que afecten a éste.

3. Declaraciones de bienes y derechos. La declaración patrimonial que los Ministros y Secretarios de Estado tendrán que presentar en el Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Además, los altos cargos aportarán declaraciones de bienes al inicio y al cese de su actividad, y anualmente una copia de la última declaración tributaria correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre el Patrimonio. 4. Control y gestión de valores y activos financieros. Los bienes de altos cargos en valores mobiliarios se administrarán en un fondo "ciego", sin conocimiento de los interesados. 5. Órganos de gestión, vigilancia y control. Se crea la Oficina de Conflictos de Intereses, adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas. Será el órgano encargado de la gestión de los Registros de Actividades y de Bienes, y responsable de la custodia, seguridad e indemnidad de los datos y documentos que en ellos se contengan.

6. Régimen sancionador. Existirán sanciones especiales con apertura de expediente, publicación en el Boletín Oficial del Estado y comunicación especial a la empresa contratante de un alto cargo que incurra en incompatibilidad. Aquellos que infrinjan la normativa serán cesados si aún desempeñan un cargo público, perderán el derecho al cobro de la pensión indemnizatoria y deberán restituir las cantidades percibidas. La empresa contratante dejará de trabajar con las Administraciones central, autonómicas y locales si decide seguir adelante con la contratación de un ex alto cargo que infrinja el régimen de incompatibilidad durante todo el periodo que sea aplicable la limitación de esa persona. Los altos cargos que infrinjan la normativa no podrán ser nombrados de nuevo en un periodo de entre cinco y diez años.

PEQUEÑO RECORDATORIO. Lo primero que un político profesional debe asimilar a conciencia;aunque parece que algunos se saltaron este capítulo,por ejemplo es evidente en los casos de: BELLOCH, BECERRIL, BIEL, BONÉ, JERÓNIMO “alias Messi”, GIMENO, CATALÁN, GISTAU, PÉREZ ANADÓN, TRIVIÑO, GOMARIZ, MARCO, ROLDAN y amplio etc…
Los principios que los Altos cargos estarán obligados a respetar son: 1. Transparencia informativa Los altos cargos proporcionarán información a los ciudadanos acerca del funcionamiento de los servicios públicos que tengan encomendados y, cuando realicen campañas de información, lo harán evitando cualquier actuación que las aleje de su contenido informativo. 2. Custodia de documentos Garantizarán la permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables en las tareas de Gobierno. 3. Dedicación al servicio público Los altos cargos de la Administración General del Estado se abstendrán de aceptar cargos y puestos directivos en organizaciones que limiten la disponibilidad y dedicación al cargo político. 4. Austeridad en el uso del poder Los altos cargos evitarán toda manifestación externa inapropiada u ostentosa que pueda menoscabar la dignidad con que ha de ejercerse el cargo público. 5. Prohibición de aceptar regalos Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que, más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, puedan condicionar el desempeño de sus funciones. En el caso de obsequios de mayor significación, se incorporarán al Patrimonio del Estado. 6. Promoción del entorno cultural La protección del entorno cultural y de la diversidad lingüística inspirará las actuaciones de los altos cargos adoptadas en el ejercicio de sus competencias, así como la protección del medio ambiente. 7. Protección y respeto de la igualdad de género En la actuación administrativa y, particularmente, en la adopción de decisiones velarán por promover el respeto a la igualdad de género, removiendo los obstáculos que puedan dificultar la misma.

Me permito adjuntar varias reseñas bibliográficas sobre el tema; simplemente constatan la existencia de estudios académicos al respecto, cosa que la prensa provinciana zaraboliana parece desconocer. Harto estoy de escuchar la muletilla de la consabida presunción de la presunta presunción que la presuntu… y de que el 99,99% pasan la prueba del algodón sobradamente. Necesitamos más jueces de pueblo con ganas de trabajar y menos pesebres mediáticos.
Blanco Valdés, L. Las conexiones políticas. Madrid: Alianza, 2002. Carlos Jiménez Villarejo. “La delincuencia financiera, los paraísos fiscales y la intervención de los bancos”, conferencia, mimeo, 2004.-- La corrupción en España hoy: Situación y expectativas. Informe GRECO sobre Corrupción en España. Barcelona, Fundación Carles Pi i Sunyer, 2002. -- Malem, J. F. La corrupción. Barcelona: Gedisa, 2002. -- Maravall, J.M. El control de los políticos, Madrid: Taurus, 2003. -- Vercher, A. “La corrupción urbanística” en CLAVES de Razón Práctica 138, enero-febrero 2004:26-33, 2004. Villoria, M. “Lucha contra la corrupción en la Unión Europea: el caso de España”, Gestión y Análisis de Políticas Públicas 21, mayo-agosto 2001, pags. 95-115, 2001.-- Villoria, M “Corrupción en España” en Peter Eigen, Las redes de la corrupción, Barcelona: Ed. Planeta. 2004. Vercher, A.
INFORME GLOBAL DE LA CORRUPCIÓN 2006 TRANSPARENCY INTERNATIONAL-ESPAÑA

1 comentario:

  1. 9-05-09 JUICIO EN BARCELONA POR EXTORSIÓN Y DENUNCIAS FALSAS.

    ACUSADOS, RAFAEL JIMÉNEZ DE PARGA, ALFREDO SÁENZ ABAD Y OTROS.



    Rafael del Barco Carreras



    Hasta el lunes 11-05. Un paréntesis. Se juzgan 40 años de una forma de hacer de las clases dirigentes barcelonesas, y los cinco oyentes, tres tomando notas, periodistas y yo, y dos supongo abogados, definen el escaso interés despertado. Diría que el interés se centra en el banquero, Alfredo Sáenz Abad, segundo de Emilio Botín. Para mí, su presencia en el juicio, es secundaria. Los buitres, abogados y juez, utilizaron la denuncia del Banesto, como lo hicieron con tantas otras para extorsionar a clientes propios y ajenos. Clientes que unos, no tenían ni idea que su abogado, el de la parte contraria, y hasta el juez, iban al unísono a por su dinero, o culpándole librar a otro que pagaba más, y otros, maldecían su mala suerte, porque eran muy conscientes de la tela de araña en que cayeron.

    El tema es tan pútrido, que mejor no menearlo en Prensa y menos en la Tele, así la mayoría de los ciudadanos no sufrirá el mal olor. En las cuatro sesiones, en casi exhalaciones, se han nombrado directa o indirectamente a todos los grandes poderes y empresas barcelonesas. Quizá soy el único de los presentes que deduzco que FALSIFICAR es propio de mi gran Ciudad. Lo mismo se falsifica si se factura con iva o en negro, que en una gran y doble contabilidad, en cuentas falsas en la banca, terrenos que no existen, denuncias, o las actas en un juzgado.

    Muy curioso que los abogados defensores, al carecer de pruebas de las relaciones de los acusadores y antes acusados con Banesto y Harry Walker, objeto del juicio, lejos de referirse a las citadas en un acta judicial firmada por el Juez Pascual y su defendido Jiménez de Parga, conscientes de su falsedad, se dedican a desacreditar a los declarantes, gente rica y con conexiones suizas. Se nombró más a una gran inversora suiza GESTOR que a Banesto. Iban a por el “algo harían”. Ni yo, ducho en banca, entendía nada.

    Así se justificaba el juez Luis Pascual Estevill, látigo de los grandes burgueses catalanes, todos tan tramposos, que él y su grupo de grandes bufetes “asociados” se dedicaron a vaciar sus cajas fuertes. Alfonso Escámez y los suyos, Banco Central, sacaron 300 millones de FECSA, de 50 en 50, en bolsas del Corte Inglés, contaron… a Bertran de Caralt, familia Güell, le pedían la misma cantidad, pero en nuestro breve encuentro en La Modelo, 1993, le recomendé cambiar de abogado, Piqué Vidal por Octavio Pérez Victoria, también íntimo del juez, pero hombre más moderado, que sin duda moderaría la ansiedad dineraria de Pascual, ludópata empedernido. En juicio mantuvo que él no pagó al juez, pero los solo seis días en La Modelo, en la celda contigua a la mía, me confirmaría lo contrario. Sitúo la escena para que quienes me acusan de mentir puedan comprobar en lugar de insultar. Varios de los que no pagaban, porque no tenían dinero, permanecieron en prisión mucho más tiempo.

    Imaginarle llegar con el Jaguar y Montecristo en la boca a su gran y preciosa mansión en Sitges, contar el dinero, e irse al cercano Casino de San Pere de Ribas, asiduo, no requiere demasiada imaginación. Aunque el tener allí “cuenta abierta”, ilegal, (yo presencié su firma en una ficha contable el día antes de que me encarcelaran y celebrando con él un supuesto sobreseimiento de mi caso Consorcio) hace innecesario sacar el dinero de las bolsas y así se ingresaban en los bancos cercanos a su bufete. Alguna bolsa pudiera figurar en el HABER de esa ilegal cuenta compensando las enormes pérdidas que cualquier ludópata sufre en los casinos (o blanqueando) y máxime si el dinero le entra con tanta facilidad. La absoluta creencia en su IMPUNIDAD se convirtió en una más de las pruebas acusatorias.

    Me pregunto cuantos de los 25 millones de aquel domingo 10-09-94 fueron a su bolsa y cuantos a la del abogado Jiménez de Parga que proporcionaba clientes y falsedades. El tema da para tantos limitados comentarios en Internet… que seguiré… sobretodo tras la declaración del propio Pascual Estevill…

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